Educadora de Parvulos, Sala Cuna y Jardín Infantil (Reemplazo)
Servicio de Salud Metropolitano Central / Hospital Clínico San Borja Arriarán busca cubrir el cargo de Educadora de Parvulos, Sala Cuna y Jardín Infantil (Reemplazo) en Santiago. La renta bruta ofrecida es de $1.273.567 mensuales. Este proceso ya no acepta postulaciones.
| Región | Ciudad | Tipo de vacante | Nº de vacantes | Renta bruta | Cerró el |
|---|---|---|---|---|---|
| Región Metropolitana de Santiago | Santiago | Suplencia/Reemplazo | 1 | $1.273.567 | 01 mar 2024 |
Perfil requerido
1.Título profesional de Educadora de Párvulos otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente.
Deseable:
- Debe acreditar mediante certificado cursos en temáticas educativas.
Experiencia sector público / sector privado
Deseable
Experiencia de 1 año experiencia laboral como Educadora de Párvulos desempeñándose en Jardines infantiles de Instituciones públicas o privadas.
Contexto del Cargo
- Curriculum Vitae Actualizado.
-Certificado de inhabilidades para trabajar con niños(as).
Requisitos generales
Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 del la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:
Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia;
Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente;
Tener salud compatible con el desempeño del cargo;
Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley;
No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria;
No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).
No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:
Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
Requisitos Específicos
No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
Etapas de selección
Enviar su CV actualizado, indicando en el asunto: Educadora de Párvulos Sala Cuna y Jardín Infantil (Reemplazo) al correo: seleccion.hcsba@redsalud.gob.cl.
Calendarización del proceso
| Etapa | Fechas |
|---|---|
| Postulación | |
| Difusión y Plazo de Postulación | 25/01/2024-01/02/2024 |
| Evaluación | |
| Proceso de Evaluación y Selección del Postulante | 05/02/2024-23/02/2024 |
| Finalización | |
| Finalización del Proceso | 26/02/2024-01/03/2024 |